Curso de Contabilidad Práctica para PYMES

El porqué del Plan General de Contabilidad

Imaginemos que Comercial ADR denomina Muebles a la cuenta donde registra mesas, sillas y armarios que hay en sus oficinas. A su vez, otra empresa los denomina Office Kit, y una tercera se refiere a los mismos elementos como Puestos de trabajo. Cualquier usuario de la contabilidad  (Hacienda, bancos, etc.) debería familiarizarse con las denominaciones que cada empresa emplea antes de proceder al análisis de dicha información. Este problema aumenta si Comercial ADR contabiliza en euros, y las otras dos lo hacen en pesetas y dólares respectivamente. Las complicaciones se incrementarían si la contabilidad de ADR se refiere a un año y las de las otras dos a un mes y un trienio respectivamente.

Resumiendo, se hace necesario un cierto grado de homogeneización en denominaciones, unidades monetarias, períodos contables y otros procedimientos, si queremos que la información contable sea útil.

Esta necesidad ya fue detectada en el siglo XV cuando, los administradores del italiano Conde Urbino registraban las propiedades de sus haciendas de diferentes formas. Fue su hombre de confianza, Fray Luca Paccioli, quien unificó las técnicas contables, publicando en 1494 una obra de 36 capítulos que sentaría las bases de la actual contabilidad: De Computis et Scripturis.

Ya en el siglo XX, los gobiernos de algunos países se dan cuenta de la importancia de la normalización contable y comienzan a legislar al respecto. Así, en los EE.UU. se publican (años 30) los principios de contabilidad generalmente aceptados, y en Alemania (1937) el plan general de contabilidad alemán.

En nuestro país se intenta crear un marco común en el que desarrolle el sistema contable con la publicación, en 1973, del Plan General de Contabilidad (en adelante PGC). Este PGC pretendía uniformizar y homogeneizar la elaboración y presentación de la información contable, convirtiéndola en comparable. Del mismo modo, y como consecuencia de lo anterior, se facilitaría la gestión tributaria. El PGC fue aprobado con carácter de aplicación voluntaria Sin embargo, gradualmente y de forma progresiva, el PGC se fue imponiendo de forma obligatoria para gran número de empresas en la medida en que se acogieron a beneficios fiscales permitidos por las posteriores leyes de regularización o actualización de balances. Además de esta adopción obligatoria, voluntariamente y poco a poco, la mayoría de las empresas fueron adoptando el cuadro de cuentas y los criterios recogidos en el Plan General de Contabilidad.

Posteriormente, tras la integración de España en la CEE (actualmente, Unión Europea), se hizo necesaria la armonización de normas contables con las disposiciones contenidas en las directivas europeas 4ª y 7ª, por lo que se aprobó un nuevo PGC en 1990. Este plan gozó de una amplia aceptación y se caracterizó por ser a la vez obligatorio y flexible. Obligatorio en sus partes 1ª, 4ª y 5ª (principios contables, cuentas anuales, y normas de valoración). Flexible en sus partes 2ª y 3ª (cuadro de cuentas, y definiciones y relaciones contables).

Posteriormente, esta norma contable general se ha ido adaptando a las características y naturaleza de los distintos sectores de la actividad económica. Es lo que se conoce como adaptaciones sectoriales, aprobadas mediante Orden Ministerial (Economía y Hacienda) a propuesta del ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas). A modo de ejemplo, citaremos dos de las últimas adaptaciones sectoriales publicadas:

  • Empresas del sector vitivinícola (O.M. del 11 de mayo de 2001).
  • Empresas del sector del transporte aéreo (O.M. del 18 de diciembre de 2001).

La adopción por la Unión Europea (UE) de las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) mediante el Reglamento CE 1606/2002, buscaba conseguir una información contable comparable y comprensible por todos los miembros de la UE. Se hace necesaria la homogeneización de las normas de contabilidad en cada estado miembro y España lo realiza con la denominada Ley de reforma contable (Ley 16/2007, mencionada al inicio de este capítulo) y culminada con la adaptación del PGC, que mantiene 3 partes obligatorias (marco conceptual, normas de registro y valoración, y cuentas anuales) y dos voluntarias (cuadro de cuentas, y definiciones y relaciones contables).

Una empresa puede realizar consultas al ICAC, debidamente documentadas, sobre aspectos o interpretación de la normativa contable. Las respuestas del ICAC sólo tienen carácter informativo. Cuando alguna consulta se considera de interés general, puede ser publicada en el Boletín del Instituto (BOIAC). Además, determinadas consultas (normalmente consultas reiteradas sobre un mismo asunto) pueden instar al ICAC a elaborar una resolución de aplicación general y obligado cumplimiento. Algunos ejemplos serían los siguientes:

  • Resolución de 25 de marzo de 2002 del ICAC, por la que se aprueban normas para el reconocimiento, valoración e información de los aspectos medioambientales de las cuentas anuales.
  • Consulta 139 (BOIAC nº 59, junio 2002) sobre el tratamiento de las diferencias de cambio en los títulos de renta variable en moneda distinta del euro.


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