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Curso de Gestión Laboral

Periodo de liquidación y días

El recibo se referirá a meses naturales sin que puedan superar en ningún momento el mes.

Sin embargo las empresas pueden abonar los salarios a sus trabajadores por períodos inferiores a meses naturales, como anticipos de la liquidación mensual.

El motivo de esta exigencia se debe a que las cotizaciones a la Seguridad Social se refieren a meses naturales.

En cuanto a los días que deben figurar en la nómina se refieren a los días por los que se cotiza que como se verá más adelante dependerá del grupo de cotización al que pertenece el trabajador.


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Conservación de las nóminas

Todos los recibos de salarios expedidos por la empresa deberán ser archivados juntamente con los boletines de cotización a la Seguridad Social y clasificados en el mismo orden en que figuren sus titulares en la relación de cotizantes. La indicada documentación será conservada durante un plazo mínimo de 5 años.

No conservar durante 5 años los recibos justificativos del pago de salarios constituye una infracción leve sancionable con multa de entre                          30,05 € y 300,50 €..


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Obligaciones del empresario

El empresario con respecto a sus trabajadores debe cumplir con unas determinadas obligaciones:

  • El pago del salario deberá efectuarse en el plazo y lugar que se determine de forma individual o por convenio. En su defecto se atenderá a las costumbres del lugar.
  • El empresario tiene la obligación si el trabajador lo solicita de anticipar a cuenta de la nómina, por lo menos, el importe del trabajo ya realizado.
  • El impago del salario faculta al trabajador para poder reclamarlo judicialmente ante el Juzgado de lo social, incluyendo el recargo de mora.
  • Como mínimo, las retribuciones que debe satisfacer serán las pactadas en convenio colectivo o a nivel particular, sin poder en ningún caso ser inferiores a las marcadas en el convenio.


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El convenio colectivo

El Convenio Colectivo es:

El acuerdo entre empresarios y trabajadores que regula las condiciones mínimas de trabajo en un determinado ámbito territorial para un sector determinado y por un período de tiempo también determinado.

El ámbito territorial de los convenios puede abarcar el territorio nacional, una comunidad autónoma, una provincia o solamente una empresa, siendo los dos últimos, los más habituales.

Los convenios son de aplicación obligatoria para aquellas empresas que están dentro de su ámbito de aplicación, por eso, los convenios colectivos establecen comisiones que velan por el cumplimiento del convenio.

Aunque una empresa esté dentro del ámbito de aplicación de un  determinado convenio se pueden pactar condiciones más favorables siendo estas condiciones igualmente obligatorias para el empresario.

El contenido de los convenios marca las condiciones mínimas en materia de trabajo en cuanto a:

  • Jornada laboral,
  • Descansos diarios,
  • Descansos semanales,
  • Descansos anuales,
  • Día de permiso,
  • Derechos y obligaciones de los trabajadores,
  • Categorías profesionales, sus retribuciones y
  • Complementos salariales, dentro de un ámbito sectorial de empresa o incluso inferior a la empresa.


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