El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos

20 de Septiembre de 2021

Tras más de 5 años desde la publicación de las leyes 39 y 40 de 2015, fue publicado el RD 203/2021 de 30 marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, que completa el marco normativo esencial de la administración electrónica en nuestro país.

Unifica y sistematiza en su desarrollo el procedimiento administrativo y el régimen jurídico, clarificando, articulando y completando importantes aspectos de la gestión electrónica, empezando por la plena entrada en vigor.

El 2 de abril de 2020 fue la fecha de entrada en vigor de la disposición final séptima de la Ley 39/2015, en lo que se refiere al registro electrónico de apoderamientosregistro electrónico generalregistro de empleados públicos habilitadospunto de acceso general electrónicoarchivo electrónico único.

La conclusión final del Consejo de Estado sobre el Real Decreto 203/2021 de 30 de marzo, indica que la norma «unifica en un mismo texto todos los aspectos relacionados con la actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos y acomete una importante labor de sistematización y ordenación de esta materia, con un notable esfuerzo de simplificación de conceptos técnicamente complejos».

El Reglamento nos recuerda en su preámbulo sus 4 objetivos principales:

  1. La mejora de la eficiencia administrativa, que pretende hacer realidad la existencia de unas Administraciones Públicas totalmente electrónicas e interconectadas. Se trata de conseguir que las Administraciones Públicas tramiten electrónicamente sus procedimientos y que los ciudadanos puedan relacionarse electrónicamente con esas administraciones. En este sentido, los principales obstáculos no son tecnológicos sino culturales y de reacción con el cambio, especialmente dentro de las capas directivas de las propias administraciones públicas.
  2. Incrementar la transparencia de la actuación administrativa y la participación de las personas en la administración electrónica. El reglamento desarrolla el funcionamiento del Punto de Acceso General y la carpeta ciudadana en el sector público estatal, los servicios mínimos de las sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas y el funcionamiento de los registros electrónicos. Como novedad, contempla las redes sociales y el correo electrónico entre los canales de relación con las administraciones públicas.
  3. Garantizar la existencia de servicios digitales fácilmente utilizables, intentando que la relación del interesado con la Administración sea fácil, intuitiva y efectiva cuando use el canal electrónico. En general, esta suele ser una de las principales dificultades con las que se encuentra el ciudadano que quiere tramitar electrónicamente en las Administraciones Públicas.
  4. Mejorar la seguridad jurídica es el último objetivo.  Con este Reglamento se desarrollan conjuntamente las LPACLRJSP y deroga, por fin, lo que quedaba vigente del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.

En resumen, el Reglamento regula los siguientes aspectos:

Si deseas conocer más acerca del Reglamento y aprender en profundidad las principales novedades que incorpora y sus efectos en la gestión administrativa, ¡pon atención a nuestras novedades!

Próximamente en nuestro catálogo incorporaremos el curso “El Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por Medios Electrónicos”, de Borja González Alonso.