Simplificación administrativa: la ventanilla única

Ventanilla única

La ventanilla única es una técnica de simplificación administrativa orientada a que la ciudadanía y las empresas puedan relacionarse con la Administración a través de un único punto de acceso, evitando desplazamientos entre diferentes organismos y la duplicación de trámites.

El artículo 53.1.d) de la Ley 39/2015 reconoce el derecho de las personas interesadas a no presentar documentos ya en poder de la Administración, lo que se conecta directamente con la idea de ventanilla única.

En el marco normativo estatal, este principio está vinculado a la Ley 20/2013, de garantía de la unidad de mercado, que establece la obligación de facilitar un acceso unificado a los trámites relacionados con actividades económicas.

La ventanilla única puede adoptar distintas formas:

Puntos de acceso general electrónicos
Regulados en la Ley 39/2015 y desarrollados en el Real Decreto 203/2021, que permiten acceder a expedientes, notificaciones y registros en un solo portal.
Plataformas sectoriales específicas

Como el sistema de ventanilla única para servicios en el mercado interior o las ventanillas ambientales en algunos procedimientos autonómicos y locales.

Espacios físicos o híbridos

Concentran distintos servicios administrativos en un mismo lugar, pensados sobre todo para la atención a la ciudadanía menos familiarizada con medios electrónicos.

La implantación de la ventanilla única contribuye a:

La ventanilla única se configura como un instrumento clave de simplificación, que materializa el principio de "solo una vez" en el acceso a trámites administrativos.

Interoperabilidad

La interoperabilidad es la capacidad de los sistemas y servicios de las Administraciones Públicas para compartir datos y operar de forma conjunta, evitando que la ciudadanía y las empresas tengan que aportar repetidamente la misma información ante distintos organismos.

Este principio está recogido en la Ley 39/2015, concretamente en su artículo 28, que establece que las personas interesadas no están obligadas a presentar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración o que puedan ser recabados electrónicamente.

El Real Decreto 203/2021 desarrolla este mandato, regulando aspectos como:

La interoperabilidad constituye un pilar fundamental de la simplificación administrativa, porque:

En la práctica, este enfoque supone pasar de una Administración fragmentada a una Administración en red, capaz de ofrecer servicios integrados y coherentes.