El Estatuto de los Trabajadores, junto con otras normas complementarias como la Ley de Empleo o la normativa específica de los Servicios Públicos de Empleo, establece un conjunto de modalidades de contratación que permiten adaptar la relación laboral a las necesidades reales de las empresas y a la situación particular de las personas trabajadoras. La correcta elección del tipo de contrato es clave para garantizar la legalidad, la estabilidad en el empleo y la adecuada protección de los derechos laborales.

A continuación, se analizarán las principales modalidades de contratación vigentes.
Es la forma de contratación más estable y habitual en el ordenamiento jurídico español. Supone el establecimiento de una relación laboral sin fecha de finalización prevista.

Esta modalidad es prioritaria frente a otras y es considerada la norma general en las relaciones laborales, salvo que se justifique la necesidad de otra modalidad.
Los contratos temporales están diseñados para atender necesidades transitorias de las empresas. Deben contar con una justificación clara y expresa que respalde la temporalidad.
Los subtipos más relevantes son:
Aunque ya no está en vigor desde la reforma laboral de 2021, era muy utilizado para trabajos con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad habitual de la empresa. Su eliminación ha supuesto un impulso al contrato fijo-discontinuo.
Es una modalidad indefinida especialmente útil para empresas cuya actividad se repite en ciertos periodos del año. Sustituye a muchos contratos temporales anteriormente utilizados de forma abusiva.
Es especialmente común en sectores como el agrícola, el turístico o el educativo.
Orientados a facilitar la inserción laboral de jóvenes y a compatibilizar la formación con el empleo, esta modalidad se divide en dos tipos:

Ambos contratos deben formalizarse por escrito, incluyendo el plan de formación (en el de alternancia) o la titulación requerida (en el de prácticas).
Esta modalidad permite realizar una jornada inferior a la completa y puede aplicarse en cualquier tipo de contrato (indefinido, temporal o formativo).
Características principales:
Este contrato es común en sectores como el comercio, la hostelería o los servicios, y puede ser una opción interesante para personas que compaginan trabajo y estudios o tienen responsabilidades familiares.
Además de las modalidades generales, existen contratos adaptados a colectivos específicos o con condiciones particulares. Entre ellos destacan:
Con condiciones específicas y beneficios para fomentar la inclusión laboral.
Sujetos a procesos de selección y a la normativa de empleo público.
Requiere autorización de residencia y trabajo, salvo en casos de ciudadanos de la UE o situaciones especiales (arraigo, protección internacional, etc.).
Vinculados a programas de fomento de empleo o inserción laboral de colectivos vulnerables.
Esta píldora formativa está extraída del Curso online de Negociación colectiva (ADGD185PO).
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