Los planes de pensiones deben cumplir con los siguientes principios básicos recogidos en el art. 5 del RDLeg 1/2002:
Se debe garantizar el acceso a cualquier persona física que cumpla con los requisitos establecidos.
Los planes deben basarse en sistemas financieros y actuariales de capitalización, con ajustes en las prestaciones según estos cálculos. Se podrán exigir reservas patrimoniales adicionales para garantizar su viabilidad.
Las contribuciones del promotor no podrán ser revocadas.
Las aportaciones de los partícipes generan derechos para ellos según lo estipulado en la Ley.
Todas las contribuciones económicas y bienes adscritos a un plan deben integrarse en un fondo de pensiones conforme a la normativa vigente.
Los planes de pensiones pueden terminar por diversas causas:
Esta píldora formativa está extraída del Curso online de Seguro de pensiones, renta diferida y fiscalidad de seguros (ADGN105PO).
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