Verifactu Vs. No Verifactu
La normativa permite dos modalidades técnicas para cumplir con la ley.
Verifactu implica el envío continuo e instantáneo de las facturas a la AEAT en tiempo real, exigiendo un mayor nivel de detalle en estas para optimizar su trazabilidad. En este contexto, la responsabilidad de conservar las facturas emitidas y recibidas recaerá en la AEAT, ya que el sistema actuará, en última instancia, como un almacén centralizado de facturas. Además, las facturas podrán ser verificadas por el usuario final en el sentido a través de un código QR impreso en la factura.
Con Verifactu la AEAT actúa como un receptor que almacena todas las facturas con lo que ello supone en cuanto al acceso y su conservación.
Sin embargo, por el momento, la AEAT permitirá la existencia de los conocidos como sistemas NO Verifactu. En este caso las facturas no se envían en tiempo real y de manera automática a la AEAT siendo los requisitos en este caso mucho más exigentes requiriendo aspectos como firma electrónica o un registro de eventos del sistema muy estricto.
Sistemas Verifactu
En general, es más recomendable el sistema Verifactu, ya que en teoría, minimiza errores de custodia de archivos, garantiza la inalterabilidad desde el momento del envío y debería teóricamente) la probabilidad de inspecciones tributarias presenciales. No obstante puede haber casuísticas donde un sistema NO Verifactu esté justificado
| Las facturas se envían en el momento a la AEAT | Las facturas se conservan en el ordenador de la empresa, salvo requerimiento de la AEAT |
| Las facturas se pueden comprobar por el receptor de esta mediante código QR, ("Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT o VERIFACTU") | Incluye QR pero las facturas no siempre se pueden comprobar |
| Al tener todos los datos la AEAT los requerimientos de información a la empresa serán menores | Mayores obligaciones en requerimientos y en el software de facturación |