Seguro que has oído hablar muchas veces de los accidentes in itinere y no te suenan tanto los accidentes en misión. No obstante, es importante saber diferenciar entre ambos tipos de siniestros. Los accidentes in itinere son los que se producen durante el trayecto de casa al trabajo o del trabajo a casa, mientas que los accidentes en misión son los que se producen durante la jornada laboral. En 2018, el 54 % de los accidentes laborales de tráfico se produjeron in itinere, mientras que el 46 % restante fue en misión.
El Accidente de Trabajo in mision se trata de una modalidad específica de accidente de trabajo que se produce durante el desplazamiento del trabajador a un lugar diferente del habitual para realizar una actividad encomendada por la empresa.
Por ello se han de considerar dos elementos:
• El desplazamiento del trabajador para cumplir la misión.
• La realización de una actividad concreta encomendada por el empresario, o que se realice para el buen funcionamiento de la empresa, que puede ser ajena a la actividad habitual que tiene atribuida en virtud del contrato de trabajo. Por ello, habrá que determinar con claridad que la actividad desarrollada por el trabajador está relacionada con la misión encomendada por el empresario.
Se excluyen los desplazamientos que son inherentes a la propia actividad laboral (STS 1876/2007); (STS 7283/2010) e igualmente la actividad realizada en el mar a bordo de buques en la que no existe un encargo de trabajo que requiera un desplazamiento temporal a un lugar distinto de su centro de trabajo habitual dado que todas las dependencias del buque constituyen el centro de trabajo y al propio tiempo su domicilio (STS 1626/2014).
El denominado accidente de trabajo in mision agrupa aquellos accidentes que no ocurren ni en el centro de trabajo ni al ir o volver del lugar de trabajo, pero acontecen al trabajador en el cumplimiento del trabajo o de los cometidos encomendados por el empresario en el ejercicio de sus facultades de dirección.
Se realiza así una interpretación extensiva del concepto de centro de trabajo, de forma que será considerado como tal el lugar en que el trabajador va a realizar las tareas que le encomienda el empresario. Es obvio que este accidente de trabajo in mision puede aparecer íntimamente conectado al accidente in itinere puesto que la lesión puede producirse en el desplazamiento hacia ese otro lugar del trabajo.
De conformidad con el artículo 115 del TRLGSS se consideran accidentes de trabajo «in itinere» "los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo".
Por tal razón, "la noción de accidente in itinere se construye a partir de dos términos, el lugar de trabajo y el domicilio del trabajador y de la conexión entre ellos a través del trayecto" En esa línea, se establece que "lo esencial no es salir del domicilio o volver al domicilio, aunque esto sea lo más corriente y ordinario, lo esencial es ir al lugar del trabajo o volver del lugar del trabajo".
Esta píldora formativa está extraída del Curso online de Prevención de accidentes in itinere e in misión.
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