¿Qué es la cofinanciación privada en FUNDAE?

7 de Noviembre de 2022

Para asegurar el adecuado aprovechamiento de la formación bonificada y, por lo tanto, para que las empresas puedan disfrutar sin inconvenientes de su bonificación, además de los requisitos que debe cumplir un curso bonificable por FUNDAE, se establecen algunos criterios que los participantes de las acciones formativas y/o la empresa también deben cumplir. 

En el caso del alumnado, con el objetivo de conocer su grado de aprovechamiento, es preciso que los participantes realicen, por lo menos, el 75% de la formación dentro del plazo de formación comunicado en FUNDAE y, en el caso de la modalidad de teleformación, que permanezcan conectados a la plataforma eLearning durante un tiempo mínimo coherente a la duración establecida de la formación.  

Adicionalmente, desde la óptica de la empresa, FUNDAE establece otro requisito muy importante: la cofinanciación privada.

¿Qué es la cofinanciación privada?

La cofinanciación privada es la obligación que tiene la empresa de financiar un porcentaje del importe de la factura de formación bonificada. Este porcentaje se aplica sobre el total del crédito de formación bonificada que posee la empresa, y debe cumplirse de forma anual.

¿Cómo se calcula este porcentaje de cofinanciación? 

El porcentaje de cofinanciación privada establecido por FUNDAE varía en función de la plantilla media de trabajadores del año anterior:

¿Cómo puedes cubrir el porcentaje de cofinanciación privada exigida por FUNDAE?

Para cubrir la cofinanciación exigida, las empresas cuentan con dos opciones:

  1. Bonificarse menos dinero del que han pagado por la formación, hasta cubrir el porcentaje que deben aportar. En estos casos, normalmente el alumnado realiza su formación fuera de la jornada laboral. 
  2. Permitir que el alumnado realice toda o parte de la formación dentro de la jornada laboral. 

En esta última opción, la empresa realiza su aporte al asumir los costes salariales de los trabajadores y trabajadoras que reciben esa formación durante su horario de trabajo pues, mientras están formándose, no están realizando su trabajo habitual. En aquellos casos donde la formación sea online, se debe verificar el tiempo que el alumnado ha estado conectado a la plataforma eLearning en su horario de trabajo para comprobar el cumplimiento de este aporte.

Asimismo, debes saber que, debido a que la cofinanciación privada debe cumplirse anualmente, una empresa puede cumplir este aporte con un solo curso y no cofinanciar nada más durante el resto del año. 

Un ejemplo práctico sobre cofinanciación privada

A continuación, te planteamos un ejemplo práctico ilustrativo que te será de ayuda para comprender esto de la cofinanciación exigida por FUNDAE.

¿Cuál es el porcentaje de cofinanciación exigida?

Al tratarse de una plantilla media del año anterior entre 10 y 49 empleados, el porcentaje de cofinanciación exigido por FUNDAE es del 10%.

¿Qué importe debe cofinanciar la empresa?

Para obtener este importe, debemos tomar el importe total de la factura y aplicar el porcentaje de cofinanciación exigido. En este caso, sería así:

200€ x 10% = 20€ de cofinanciación.

¿Cómo se puede cubrir este importe de cofinanciación?

Con la opción de bonificar menos dinero del que se ha pagado por la formación, la empresa debería bonificarse 180€ para cubrir con el aporte de 20€ requerido.

En caso de optar por cubrir el aporte permitiendo que el alumnado realice su formación en horario laboral, los participantes deben realizar un mínimo de horas de formación durante su jornada laboral hasta cubrir el importe requerido.  El tiempo que cada empleado debe dedicar a la formación dentro de su horario laboral depende de su coste laboral por hora. 

Volvamos al ejemplo para entender cómo podemos calcularlo:

Sí dividimos los 20€ de cofinanciación exigida entre ambos participantes, por cada alumno la empresa deberá aportar 10€.

Como resultado, en caso de dividir la cofinanciación entre ambas formaciones, el Empleado A debe hacer 48 minutos del curso bonificado dentro de su horario laboral, y el Empleado B debe hacer 40,2 minutos.

Ese tiempo es acumulativo dentro de todo el período de formación: un día un trabajador puede hacer 10 minutos, y otro día 20 minutos; de forma que ya llevaría 30 minutos acumulados. Si los participantes cumplen esos tiempos y superan el 75% de la formación, la empresa se podría bonificar los 200€ que es el importe inicial de la factura del ejemplo.

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